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TOP de Temuco absuelve por falta de pruebas a carabinero acusado por apremios ilegítimos

En fallo unánime, el tribunal –integrado los magistrados Roberto Herrera Olivos (presidente), Alejandra Rosas Lagos y Francisco Boero Villagrán (redactor)– desestimó la acusación al no lograr la fiscalía, con los elementos de prueba vertidos en el juicio, probar la participación atribuida a González Ganga.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco decretó la absolución del sargento primero de Carabineros J.F.G.G., de los cargos formulados en su contra por el Ministerio Público que lo sindicaban como autor del delito de apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves gravísimas. Ilícito que habría cometido en octubre de 2019.

En fallo unánime (causa rol 127-2023), el tribunal –integrado los magistrados Roberto Herrera Olivos (presidente), Alejandra Rosas Lagos y Francisco Boero Villagrán (redactor)– desestimó la acusación al no lograr la fiscalía, con los elementos de prueba vertidos en el juicio, probar la participación atribuida a González Ganga.

“Que el artículo 340 del Código Procesal Penal, exige que la prueba rendida en el juicio debe desvirtuar la presunción de inocencia para condenar a la persona sometida al juicio penal, y como se ha expuesto por estos sentenciadores la prueba de cargo que ha sido incorporada en el juicio no permite arribar a la convicción de culpabilidad, pues ella no permite afirmar que el disparo que hirió a la víctima a las 18.27 horas del día 22 de octubre de 2019 provino desde el interior del vehículo policial donde se encontraba sentado el enjuiciado y que fue él quien disparó dada esta falta de determinación del ángulo del disparo, y considerando que se acreditó que en el lugar había otros treinta funcionarios de Carabineros armados con escopetas antidisturbios y cartuchos de iguales características a las que usaba el acusado y que durante la tarde del señalado día, según manifestó la víctima, los carabineros disparaban a los manifestantes, configurándose una duda razonable que lleva al Tribunal a estimar que la presunción de inocencia no fue desvirtuada por la prueba presentada en el juicio”, consigna el fallo.

Recodar que la víctima cuando participaba de un cacerolazo en Temuco el 22 de octubre del 2019 ,recibió el impacto de diversos perdigones en la zona superior del cuerpo, los que le causaron lesiones en su tórax y rostro, además de un trauma ocular grave que le provocó la pérdida de visión del ojo izquierdo. Según el Ministerio Público el sargento primero J.F.G.G disparó su escopeta antidisturbios  a una distancia inferior a 20 metros.

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