Ex sargento de inteligencia del ejército, dado de baja y víctima de espionaje “Operación Topógrafo”, pide al gobierno ser reincorporado.

por Mikal.
El ex sargento segundo, Juan Pablo Díaz, victima de espionaje, “Operación Topógrafo”, había acusado faltas a la probidad en el Regimiento Logístico Nº 3 Limache, por relaciones entre los altos mandos y los proveedores de la institución, con pagos irregulares de por medio.
El Sargento de Inteligencia del Ejército JUAN PABLO DÍAZ PINO con 19 años de servicio en la institución e intachable hoja de vida, fue expulsado del organismo por denunciar ilícitos de corrupción, entre ellos, a un Coronel que se coludía con proveedores logísticos para falsear facturas y defraudar al Fisco.
El exsargento Juan Pablo Díaz Pino fue dado de baja del Ejército luego de denunciar hechos de fraude al fisco y espionaje en la denominada «Operación Topógrafo». Tras ser negada la apelación de su destitución por el ministro Espina durante el gobierno de Piñera, ahora solicitó de manera oficial al presidente Boric que ésta sea acogida para así ser reintegrado a la institución. Está en manos del mandatario tomar esa decisión y dar una señal a las redes de protección y encubrimiento de los delitos que cometen los militares con el dinero de todos los chilenos.
Tras los denuncios, los que se encuentran en estos momentos en conocimiento de la Corte Marcial a cargo de la Ministra en visita Romy Rotherford, el Sargento JUAN PABLO DÍAZ PINO, comenzó a vivir una serie de hostigamientos, entre ellos, el ex General y Comandante en Jefe del Ejército, HUMBERTO OVIEDO ARRIAGADA, hoy procesado por fraude al fisco.
DÍAZ, comenzó sus denuncias en el Regimiento Logístico de Renca, antes que salieran a la luz pública el mega fraude conocido como milicogate. Al denunciar ilícitos en esa repartición, fue sacado de ahí y ordenado ejercer sus funciones en la unidad que comandaba el General Oviedo. Oviedo, cuando aún no asumía como máxima autoridad castrense y siendo superior jerárquico del Sargento DÍAZ, ordenó sancionarlo por faltarle el respeto a su Oficial ayudante, argumentando que él escuchó todo desde su despacho, enviando oficio al calificador directo de Díaz Pino para que se adoptaran las medidas que el grave hecho ameritaba. El calificador de Díaz lo sancionó drásticamente con menos 3 puntos en conducta, lo que le daba la baja en forma inmediata, dicha sanción contiene como fundamento que el incidente fue escuchado por el General Oviedo desde su despacho.
No obstante, el Sargento DÍAZ curtido ya de las represalias que le costaron sus denuncios en la anterior unidad Logística, grabó el incidente protagonizado quedando demostrado que Oviedo y su ayudante mentían, nunca se dijo lo que el general y su ayudante afirmaron, durante el proceso de reclamación por aquella sanción Díaz logró que los mandos superiores le bajaran la sanción a menos 1 punto, pero ningún mando dejó sin efecto la sanción debido a que afirma, Oviedo había asumido como nuevo Comandante en Jefe del Ejército.
Siguiendo con la persecución, lo sancionaron con otro punto menos en conducta por supuestamente saltarse el conducto regular al requerir información pública a través de la Oficina de Transparencia del Ejército, siendo al único militar en la historia sancionado por dicha causal, afirma, hecho completamente ilegal debido a que se encuentra plenamente amparado por el ordenamiento jurídico nacional e incluso internacional.
Así pues, el general Oviedo asumía por ese tiempo como nuevo Comandante en Jefe del Ejército y finalmente al apelar por ambas sanciones quedaron a la vista y resolución del mismísimo General quien al tenerlas a la vista no dudó en dejarlas afirmes condenando a DÍAZ PINO a la salida de la institución.
Díaz impugnó ambas sanciones por conducto regular pasándole sus escritos a OVIEDO para que este las elevara a conocimiento del Ministro de Defensa, pero este se las devolvió y fundó su resolución señalando que él era el último escalón para ejercer la acción declamatoria, ante esto, DÍAZ PINO, presentó directamente los escritos reclamatorios al Ministro de Defensa Nacional.
De la apelación presentada al Ministerio de Defensa y autorizada por el artículo 79 del Decreto Supremo Nº1445 “Reglamento de Disciplina para las Fuerzas Armas” que habilita a reclamar hasta el Presidente de la República en aquellos casos en se estimen vulnerados los derechos, DÍAZ nunca tuvo respuesta, pasaron meses en que consultaba por la resolución de su proceso, en ese tiempo se encontraba como Subsecretaria para las Fuerzas Armadas las señora PAULINA VODANOVIC quien después de un año le responde a DÍAZ a través de oficio que su apelación se encuentra en estudio y resolución por parte del Ministro de Defensa, terminó el gobierno y nuca resolvieron la apelación en los plazos legales.
Ya de baja de la institución y asumido el gobierno del Presidente Sebastián Piñera, Díaz se entera que ese gobierno había resuelto su apelación, así que solicitó por transparencia de aquella resolución y verificó que había sido rechazada argumentando que era el jefe de servicio (o sea, el mismísimo General Oviedo) quien debía resolver como último escalón las apelaciones, lo anterior, claramente contraviniendo la ley, alega Díaz.
En este Relato, el exfuncionario cuenta los detalles de los motivos “injusto” de las sanciones y baja del ejército : “Soy Juan Pablo Díaz, en el año 2011, mientras me desempeñaba en el regimiento logístico de Renca, me di cuenta que el comandante de la unidad del coronel Marcelo Iturriaga Barría se coordinaba con los proveedores logísticos para defraudar al fisco en el sentido de efectuar facturas falsas.
Después de eso, también denuncie a otro alto oficial del regimiento por los efectos del uso de recursos fiscales. Él hombre usufructuada de los medios fiscales, vehículo, hombres que le cortaban el pasto en la casa o en las señoras, hijo al colegio, etcétera” señala el ex sargento
Más aún, tal es el descaro, relata, que ni siquiera el señor Galli y Espina le notificaron de aquella resolución, recién teniendo conocimiento y siendo notificado legalmente con fecha 29 de julio de 2021, por tal y conforme a los plazos presentó su apelación correspondiente ante el Presidente de la República con fecha 29 de julio de 2021 encontrándose pendiente aún de resolución por el ahora Presidente Gabriel Boric Font.
Paralelamente a la acción impugnatoria por las sanciones ilegales sufridas por Diaz, este demandó a sus superiores jerárquicos por Acoso Laboral en juicio Causa RIT T-689-2016, sentenciando el Juez que todos los actos fueron fruto de acciones y necesidades del servicio, concluyendo en su considerando séptimo que “(…) no se puede dejar de tener presente, que resulta absolutamente inverosímil, en especial con la prueba rendida en autos, que buena parte del aparato institucional que forma parte el Ejército de Chile, desde el Comandante en Jefe del Ejército pasando por subalternos que se desempeñaron en dos regimientos donde prestó servicios, hayan actuado concertadamente para provocar su salida de la institución producto de una denuncia efectuada por éste (…)”.
A la conclusión llegada por el Juez Laboral se contrapone y cae por su propio peso al que tiempo después saliera a luz pública el espionaje sufrido hacía Díaz Pino y otros denunciantes de corrupción en el Ejército, es decir, el Estado si movilizó su aparato institución en su contra, afirma Díaz.
Cabe agregar, que dentro del Juicio Laboral Díaz Pino puso en conocimiento de aquel Juez que a uno de los Oficiales que él había denunciado por usufructuar de medios fiscales no había sido sancionado por el mando militar, sin embargo, el Consejo de Defensa del Estado aseguró en Juicio que sí el mando superior había adoptado las medidas en contra el Oficial que había denunciado Díaz, procediendo así a decretarlo el Juez laboral. Por lo anterior, Díaz Pino solicitó por transparencia la Hoja de Vida de aquel Oficial denunciado y se comprobó que aquel Oficial infractor nunca fue sancionado por la denuncia efectuada por DÍAZ, acreditando que el Consejo de Defensa del Estado había presentado prueba falsa en Juicio. Ante esto, DÍAZ PINO presentó una denuncia ante la Fiscalía de Alta Complejidad quedando a cargo de la Fiscal Tania Sánchez y encontrándose en la actualidad en etapa de investigación.
Recientemente el 10º Juzgado en lo Civil de Santiago en causa RIT C-8555-2020, también sentenció en contra de Díaz quien pedía se anulara la sanción en que fue castigado por requerir información a través de la Ley de Transparencia. Según DÍAZ PINO, pese a fundarse y exponer la abundante legalidad que lo ampara en la materia, el Sentenciador Civil inexplicablemente no consideró la legalidad vigente y se fundó solo en la prueba presentada por el mismo Díaz en que el propio Consejo para la Transparencia dictamina que en su caso su vulneró la ley de transparencia y se interpuso reglamentación militar por sobre la ley, pero el Juez Civil, razonó que aquél sumario no estaba concluido, por lo tanto, no era concluyente y resolvió rechazando la demanda. Por lo anterior, Juan Pablo Díaz se encuentra apelando a aquella sentencia, además de presentar un Recurso de Casación en la Forma las que se encuentran en tramitación en la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago.
La Ley de Inteligencia, promulgada en 2004 por el entonces Presidente Lagos, permite el uso de procedimientos especiales, los que están “limitados exclusivamente a actividades de inteligencia y contrainteligencia que tengan por objetivo resguardar la seguridad nacional y proteger a Chile y su pueblo de las amenazas del terrorismo, el crimen organizado y el narcotráfico”. El Artículo 23 de dicha ley autoriza “la intervención de las comunicaciones telefónicas, informáticas, radiales y de la correspondencia en cualquiera de sus formas”, además de la escucha y grabación electrónica, incluyendo la audiovisual, siempre que se trate de los casos anteriormente descritos.
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